Regulación
al uso y contenidos de la red Internet en redes sociales.
El acceso a la información en internet vierte opiniones a favor y en
contra respecto al control del espacio público dentro y fuera de la red.
Durante décadas esta contienda se ha luchado entre la ciudadanía y
grupos hegemónicos de poder que lo han detentanto por intereses de
corte ideológico, económico, político entre otros; siendo que sus
intentos se han traducido en iniciativas de ley que podrían afectar a la
privacidad del usuario de la red. En este contexto se lucha por el
derecho a la información y la libertad para la no afección de la
infodiversidad.
Según la Ley de Comunicación dentro del Art.
4.- Los Contenidos en redes sociales no controla la información u opiniones en este medio. El Código Penal Integral al contrario sostiene que se debería sancionar esas actitudes, aunque se reconoce que es imposible detectar el origen.
Del otro lado, en el código integral penal Artículo
230. Interpretación ilegal de datos. La ley de protección al consumidor y la del comercio electrónico, tratan de lograr las seguridades que debe tener la información que circula respecto a la veracidad del contenido y la confidencialidad.
Conclusiones
La web debe tener libre manejo, acceso y publicación. Las regulaciones instauradas en el Ecuador respeto a este tema deben evolucionar a la par de las otras politicas publicas como la educación, la salud y pobreza.
Aunque la ley no esté bien definida, tampoco especifica los derechos que vulneran y las sanciones, por ejemplo el terrorismo en la web. Se legisla por la protección, la initimidad y privacidad para las empresas, lo que es favorables, pero dejan una gran brecha en el entenidmiento de cuáles son las leyes de protección y sanciones que se nombran.
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